En la situación financiera que
hizo temblar la plaza de BUENOS AIRES en 1890
figuró un acuerdo con importantes grupos bancarios.
El acuerdo con Rothschild no
prohibía nuevos empréstitos externos ni obligaba al gobierno argentino a
ninguna otra cosa que no fuese la reducción de la circulación monetaria.
Este acuerdo permitió al gobierno enfrentar a
los intereses rurales y sobre todo a los "nuevos ricos" de la
administración anterior. El crédito del
gobierno había sido salvado, pero pocos meses después las autoridades
argentinas comenzaron a reconsiderar la conveniencia del arreglo que, además,
había generado protestas populares antibritánicas. Dichas protestas se
registraron en los ataques contra el Banco de Londres y Río de la Plata, de los
cuales el siguiente testimonio de The Buenos Aires Standard del 5 de junio de 1891 da cuenta:
“Los banqueros y millonarios
de Londres no pueden tener idea de los amargos sentimientos engendrados por el
infortunado préstamo "Moratoribus-Rothschild". Aparentemente
imaginaban estar haciendo un gran favor a Argentina al impedir la bancarrota
financiera de Baring Brothers. Pero todo el negocio se ve aquí desde una
perspectiva muy diferente (...). Las banderas inglesas en la Plaza Victoria
fueron desgarradas por argentinos bien trajeados (...) y la reciente corrida
para retirar fondos del Banco de Londres fue celebrada y aplaudida en muchos
círculos que anteriormente nunca nos habían demostrado ninguna mala voluntad
(...)”.
A pesar de este arreglo con
los banqueros británicos, el gobierno de Pellegrini, decidido solucionar la crisis, tomó medidas que
afectaron a los bancos de propiedad extranjera, acusándolos de distribuir
grandes dividendos. El impuesto a los depósitos en bancos extranjeros, el aumento
de las patentes de licencia de compañías de seguros extranjeras, y la
prohibición de aumentar los precios de las compañías de tranvías y de gas,
generaron inquietud en el Foreign Office, que recurrió a los juristas de la
Corona para comprobar si esas medidas violaban o no los términos del tratado
anglo-argentino de 1825. Los juristas recomendaron al gobierno británico una
actitud pasiva, alegando que el tratado de 1825 nada establecía sobre compañías
por acciones, compañías de seguros u otras compañías. El impuesto del 2% sobre
los depósitos establecido por Pellegrini no justificaba, en la opinión de esos
juristas, la intervención del gobierno británico. Ellos habían estudiado la legislación
argentina y considerado la experiencia de las empresas británicas en otras
partes del mundo. Habían encontrado así que tanto Francia como Grecia aplicaban
impuestos a compañías de seguros británicas. Además, las medidas del gobierno
argentino se aplicaban a todos los bancos extranjeros, no sólo a los británicos,
de modo que no había violación del tratado
de 1825.
Convencido por estos argumentos, el Foreign Office decidió no inmiscuirse en las medidas que Pellegrini impulsaba para resolver la crisis. La estabilización y recuperación de la economía argentina reforzó esta actitud prescindente de las autoridades británicas, a pesar de las presiones de la banca. En ocasión de un discurso en Mansion House, el canciller inglés Robert A. Cecil, marqués de Salisbury, rechazó en nombre del Foreign Office la presión intervencionista de la City de Londres con las siguientes palabras, que reflejaron la política de no intervención oficial británica:
“No tenemos la menor intención
de constituirnos en la Providencia en ninguna de las disputas sudamericanas.
Hemos sido presionados, seriamente presionados, para que asumamos el papel de
árbitro, de árbitro compulsivo, en las disputas que se registran en la parte
occidental de América del Sur (...) Hemos sido también seriamente presionados
(...) para que emprendamos el saneamiento de las finanzas argentinas. Sobre
ninguno de estos puntos el Gobierno de Su Majestad se halla dispuesto, en modo
alguno, a asumir las funciones de la Providencia”.
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