Que sepa coser, que sepa bordar...



Este fin de semana me surmergí en la exploración de algunos rincones de la casa que pertenecían a Patricia Cajal. La tarea no ha sido fácil en estos diez meses, y no lo fue del todo en esta oportunidad. Comencé a examinar publicaciones relacionadas con su quehacer como custurera, tejedora y bordadora.



En algún momento creo haber escrito que por 1985 llegó a Ushuaia en compañía de Elsa Sguazzini, hija de una afamado bordadora, pensando en experimentar una suerte de adaptación a un nuevo mundo -distinto a su Buenos Aires- para más tarde encarar un viaje a Italia, donde soñaban con emplearse en alguna casa de alta costura.



Distintas circunstancias llevaron a una a desistir de su estadía austral, y a la otra a permanecer en la isla. Cuando yo conocí a Patricia ella tejía con fervor, y al unirnos aprecié cuales eran sus condiciones de modista y bordadora.

He conservado diversas prendas que salieron de sus manos, distinatarios: Marcial -el hijo-, yo y ella misma; pero ahora fuí encontrando diversas publicaciones que ella atesoraba y que respaldaba sus laboriosidades.

Qué podía hacer con ellas?

Hubo cabildeos, idas y venidas. No podía quedarme con todo. No podía despojarme de todo. Finalmente hubo tres caminos: Una parte de ese todo nos seguirá acompañando en el mismo rincón de la casa en que durmieron por años -ocupando eso sí menos espacio-, otra parte fue llevada al rincón de lectura del Periférico Dos -esperando encontrar utilidad en otras manos laboriosas-, y una tercera parte fue desechada.


Finalmente rescatamos fotográficamente algo del primer segmento, que fue ilustrando esta presentación.

Las niñas de hoy son educadas familiarmente en estas hacendosas tareas? Puede el mundo de la computación o de otras prácticas artisticas e intelectuales hacer desaparecer estos menesteres u oficios de su sexo, en un futuro más o menos inminante?

Me quedo aquí con algo de lo mucho que fue de ella. Tal vez hoy piezas de museo... En otro tiempo un soñado  pasaporte para irse a vivir a otro continente.

No mucho antes de morir Patricia miraba cono poéticos ojos una serie española que hablaba de un Tiempo de Costuras, anterior al suyo, donde la protagonista era española, y el escenario africano -al menos me parece-, ella me invitó para que compartiera la trama de suspenso que guardaba esa producción en el canal Europa.., y yo de recordarlo siento la fuerza de su mano al seguir lo que iba pasando, llegando a crisparse de tanto en tanto sus dedos sobre mis dedos.


Mis dedos, sobre sus dedos...


ANTEPROYECTO DE LEY – Municipalización de la Margen Sur. Autor: Vecinos Auto Convocados por la Municipalización.






Damos continuidad a lo expresado previamente como FUNDAMENTOS transcribiendo lo que Sergio Fresia colocara en nuestras manos.

Artículo 1ro. CREASE un nuevo Municipio que se denominará “ciudad austral” situado en el departamento Rio Grande, de conformidad a lo establecido en el artículo 170 de la Constitución Provincial con los siguientes límites: al oeste del mar Argentino, al sur del Río Grande y al este de la ruta nacional Nro 3 esta hasta su unión con el mar Argentino (zona denominada Punta María).
Artículo 2do.- RECONOCER al Municipio ciudad Austral, las atribuciones, competencias y restricciones que enumera la Constitución Provincial en la Segunda Parte, Título II, Régimen Municipal, en los artículos pertinentes referidos a municipios con autonomía política, administrativa y económica financiera.
Artículo 3ro.- ESTBLECER que el municipio de ciudad AUSTRAL, deberá organizarse siguiendo un nuevo modelo de gestión basado en los siguientes principios:
a)      Modernización tecnológica administrativa.
b)      Desburocratización.
c)      Descentralización funcional y administrativa.
d)      Gestión, presupuesto y control por resultado.
e)      Calidad de servicio, cercanía con el vecino.
f)       Proporcionalidad del gasto del concejo deliberante respecto del presupuesto global del municipio.
g)      Racionalidad de estructuras administrativas y planta de personal acorde a las modaliddes de prestación de servicios.
Artículo 4to.- ESTABLECER que el régimen legal vigente para el “Nuevo Municipio” se establece por la Ley territorial 236, Ley Orgánica de Municipalidades, con las modificaciones establecidas en la Constitución Provincial, hasta tanto dicte su Carta Orgánica Municipal.
Artículo 5to.- DISPONER que la alícuota de coparticipación correspondiente al “Nuevo Municipio” se incluirá en el actual esquema de distribución de recursos a los municipios, bajo la siguiente modalidad:
a)      Los municipios percibirán en conjunto el cuarenta y cinco por ciento (45%) de la recaudación de los impuestos provinciales a los Ingresos Brutos y de Sellos. Dichos importes se distribuirán en forma proporcional a la participación de cada Municipio sobre la recaudación municipal total;
b)      Los municipios percibirán en conjunto el 25% de los ingresos de la Provincia, en concepto de coparticipación de ingresos por regímenes federales (Ley nacional 23.548. Coparticipación Federal Régimen Transitorio; Ley nacional 24.977, Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y Ley nacional 24.621, Prórroga de la vigencia de la Ley de Impuesto a las Ganancias, sus modificatorias y toda otra norma que las modifique o reemplace en el futuro) distribuidos de la siguiente manera:
1.- Municipio ciudad de Ushuaia, doce como veinte por ciento (12,20 %)
2.- Municipio ciudad de Río Grande, siete como sesenta por ciento (8,18%) SIC
3.- Municipio ciudad Austral, cuatro coma sesenta por ciento (4,20%).
3.- Municipio ciudad de Tolhuin, cero coma sesenta por ciento (0,60%)
C) Los municipios percibirán en su conjunto el veinte por ciento (20%) de los ingresos dela Provincia en concepto de regalías hidrocarburíferas, establecidas por la Ley nacional 17.319, distribuidos en forma proporcional a la cantidad de de habitantes de cada Municipio.
Artículo 6to.- DETERMINAR que los porcentajes de distribución éntrelos municipios, establecidos conforme a los incisos a), b) y c) del artículo precedente serán comunicados anualmente por el Ministerio de Economía a la Subsecretaría de Ingresos Públicos y Coordinación Fiscal, Contaduría General y la Tesorería General.
Artículo 7mo.- RESOLVER que el Ministerio de Economía determinará cada año los coeficientes a que se refiere el incido a) del artículo 4to, en base a la información sobre recaudación de recursos de jurisdicción.
Artículo 8vo.- ASIGNAR al “Nuevo Municipio”.
a)      Los bienes inmuebles de la municipalidad de Río Grande, que a la fecha de la presente ley, se encuentren inscriptos en los registros patrimoniales municipales en jurisdicción de la nueva ciudad.
b)      Los bienes inmuebles de la municipalidad de Río Grande, que a la fecha de la promulgación de la presente ley, se encuentren en la jurisdicción de la nueva ciudad, estén o no afectados a la prestar de carácter municipal.
c)      Los impuestos, tasas, contribuciones, derechos y demás gravámenes vigente a la fecha de la promulgación de la presente ley serán percibidos por la municipalidad de Río Grande, hasta tanto se cumplimente  lo dispuesto en el Art.10 de la presente ley.
Artículo 9no.- DETERMINAR que el poder ejecutivo provincial procederá a nombrar un delegado normalizador.
Artículo DISPONER que el intendente y los cinco (5) concejales electos asumirán sus funciones, en el mes de diciembre de 2019, una vez realizado el acto eleccionario y según lo establecido por la justicia electoral.
Artículo 11mo.- ESTABLECERSE que se utilizará al momento de realizarse el acto eleccionario convocado en los artículos precedentes el sistema electoral vigente en dicho momento.
Artículo 12.- DE FORMA.-

MUNICIPALIZACIÓN DE LA MARGEN SUR - Fundamentos





Interesado de conocer en detalle el petitorio de vecinos destinado a crear un nuevo Municipio al sur del Río Grande, solicité copia del mismo al dirigente Sergio Fresia, quien tuvo la gentileza de acercarlo a mi domicilio. El mismo lleva por fecha el 15 del pasado mes aunque se consiguió presentar dos días más tarde. Esta es la primera entrega del anteproyecto de ley, la de sus fundamentos.

ANTEPROYECTO DE LEY
Río Grande, 15 de febrero de 2018.

Sra. Gobernadora
Dra. Rosana Bertones (SIC)

TEMA: Municipalización de la “Margen Sur”.
AUTOR: Vecinos Auto convocados por la Municipalización

FUNDAMENTOS
El presente anteproyecto de Ley se funda en Que alrededor del año 1920 comienza a gestarse una población en la zona sur del Río Grande y dainicio9 a lo que hoy es el barrio CAP que luego del furor del frigorífico C.A.P. La zona contaba con estafeta postal, destacamento policial, hospital y también estaba la primera pista de aterrizajes de aviones de la empresa AEROPOSTA ARGENTINA S.A. contando  el sector con una rica historia de trabajo de boteros y el tren fueguino, luego de una decadencia del lugar, la población de la zona sur del Río Grande renace como barrio Austral en el año 1985, de ahí que actualmente es conocida popularmente todo el lugar como el AUSTRAL, nació por decisión política del gobierno del ex territorio nacional como un barrio “de tránsito y espera”, con la promesa de la reubicación definitiva en la zona norte del río donde se estaban construyendo nuevas urbanizaciones, pero la realidad superó todo lo proyectado, y la gran necesidad de la gente por tener su vivienda propia hizo que nacieran todos los barrios existente en la zona, aproximadamente el 30% de la población de Río Grande, (36.000) treinta y seis mil personas arraigadas que tienen la ilusión de trabajo progreso y quieren vivir dignamente sin ser discriminados, en esta hoy nuestra gran ciudad. El r{io Grande ese gran manto de agua que hoy nos separa de la zona norte de la ciudad de R{io Grande, se ha convertido en una frontera natural, la cual alimenta la dicotomía de los de “este lado y los del otro lado” a pesar de ello, con el empuje de vecinos, juntas vecinales, asociaciones civiles quienes alzaron sus voces, lucharon y hoy más allá de las cesiciones políticas y económicas de concejales intendentes de la ciudad de Río Grande extienda su crecimiento hcia la zona norte, en la margen sur seguimos creciendo en cantidad de habitantes pero sin ser acompañados por el desarrollo de infraestructura municipal como: (calles, veredas, pavimentos, ciclo vías, fibra óptica, cámaras de seguridad, agua, cloacas, transporte urbano, recolección de residuos, gimnasios deportivos, pileta de natación, parques infantiles, muro costanero, conexión con la ruta nacional Nro. 3, canchas de fútbol, en desigualdad a otras zonas de la ciudad que si cuentan con esta importante infraestructura. Así mismo, y a pesar de la discriminación y el abandono, hoy somos una gran ciudad de este lado del río.
Las políticas públicas municipales, han creado las condiciones para que se pueda hablar de dividir la ciudad. Esas condiciones a las que nos referimos no son otras que haber desarrollado a la Margen Sur como un apéndice de Río Grande, q1ue es sinónimo de pobreza y marginalidad en un marco urbano sin planificación, deteriorado,  y ruinoso. Esta producción del espacio físico y social de la Margen Sur ha sido posible a partir de una intensa estratificación y condicionada a una dependencia absoluta de la zona situada en la margen norte del río. Nada es casual, que hoy se acumulen en la Margen Sur, con alta densidad y gran homogeneidad, los peores indicadores socioeconómicos y de desarrollo humano de la ciudad.
El problema tiene historia: en la Margen Sur está situado el antiguo vertedero de basura de la ciudad. Sobre ese antiguo vertedero de basura, irregularmente tapado, hoy viven vecinos con el consentimiento de la municipalidad. Este hecho constituye toda una síntesis de la política de zonificación de la Margen Sur que podría resumirse en el apotegma “gente sobre basura”, con las previsibles consecuencias metonímicas, la Margen Sur ha sido producida como una gran ciudad oculta, a partir de los mecanismos de negación a obras de infraestructura para el bienestar de esa gran cantidad de gente que se asentaba sin planificación alguna por parte de las autoridades municipales, apostando siempre al encierro del sector negándoles una salida propia a la ruta Nro 3.
Así la Margen Sur es, desde su traza urbana, un lugar cerrado, de confinamiento, donde el puente General Mosconi es el único lugar de acceso y egreso para decenas de miles de personas. El puente funciona, entonces, en la actualidad como un retén natural, saturado por el tránsito, donde los habitantes de la Margen Sur (casi sus exclusivos usuarios) viven su padecimiento denigratorio diario. Con baches y barandas oxidadas, la iluminación colorida que tiene de noche el puente es el signo más claro de la desmesurada tergiversación delas prioridades que rige en la política para los pobladores del sector.
Una amplia mayoría de la población de la Margen Sur no cuenta con agua, asfalto, cloaca o gas. El ex frigorífico C.A.P. se encuentra en ruinas y virtualmente transformado en un montón de chatarras y escombros, el edificio, declarado en vano Monumento Histórico Nacional, funcionará como depósito de residuos industriales altamente inflamables. En líneas con este sistemático abandono, la playa del río y del mar, en la Margen Sur, son poco menos que basurales a cielo abierto. As{i, desvinculados de un proyecto municipal, sin posibilidades de gozar de un entorno ambientalmente agradable y sano, culturalmente diverso y propicio para la convivencia y el desarrollo colectivo e individual, es el “derecho a la ciudad”, lo que les deniega a los habitantes de la Margen Sur. No hay para la Margen Sur un proyecto de mejora, integración o gentrificación sino tan solo un proyecto conservador de asistencia caritativa permanente para los que siempre serán pobres y vivirán en pésimas condiciones amontonados “del otro lado”. Río Grande actualmente ya no es una ciudad sino dos. De este modo el proyecto de municipalizar la Margen Sur no consistirá en otra cosa más que en legalizar lo que está dividido.
A partir de la creación de un nuevo municipio en la Margen Sur, nos per4mitimos pensar en cuestiones de fondo para generar una ciudad joven que no olvide la historia, pujante que aproveche las oportunidades y apueste a la instalación de grandes comercios y la instalación de empresas privadas que generen puestos de trabajo, nuestra gran ciudad, un nuevo municipio adecuado a las nuevas necesidades y expectativas de sus habitantes.
En nuestra amada república ARGENTINA, tenemos innumerables conglomerados de dos o más ciudades gemelas o hermanas, divididas por una simple calle o por el cauce de un pequeño o gran río como en esta ocasión, la ciudad de Río Grande y la futura ciudad conocida hoy como AUSTRAL pasarán a conformar otro conglomerado, nombramos algunos ejemplos de ciudades hermanas o gemelas que forman conglomerados, juntas crecen y se desarrollan en igualdad por el bienestar de sus habitantes.
Conglomerado Villa María 100.000 habitantes – Villa Nueva 25.000.
Conglomerado Santa Fe 650.000 habitantes- Santo Tomé 80.000 habitantes.
Conglomerado Río Cuarto 160.000 habitantes – Las higueras 9.000.
Conglomerado Choele Choel 13.000 Fray Luís Beltrán 7.000.
Conglomerado Comodoro Rivadavia 180.000 habitantes Rada Tilly 15.000 habitantes.
Conglomerado Cosquín 40.000 habitantes Santa María de Punilla 10.000 habitantes.
Conglomerado Cutral Co 46.000 habitantes Plaza Huincul 15.000 habitantes.
Conglomerado Santiago del Estero 260.000 habitantes – La Banda 110.000 habitantes.


En las fotos: Primera: Recientes obras municipales en el sector. Segunda: históricas protestas.