EVOCACIONES****Septiembre 13, de 1894. Control horario del comercio de Ushuaia.

 


Decía el edicto policial suscripto por Ramón CORTÉS.

 

Habiéndose producido ciertos desordenes en algunas casas de suburbios  de la localidad en horas avanzadas de la noche.

 

EL JEFE DE POLICIA DEL TERRITORIO, DISPONE:

 

Artículo 1.-Desde la fecha ninguna casa de negocio podrá permanecer abierta después de las doce de la noche.

 

Artículo 2.-   La infracción de la presente disposición será castigada con $ 25 m/n, de multa la primera y y la segunda vez de 50 $ m/n.

 

Artículo 3. El castigo recaerá sobre el dueño o encargado de la casa.

 

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