Las
islas deberán recuperarse del ataque norteamericano que destruyó Puerto
Soledad.
El
gobernador de Buenos Aires -en imagen envía un nuevo gobernador, y con él ideas para el
desarrollo insular.
Rozas
instruye a Esteban Mestivier, un francés al servicio de la marina nacional,
para que impulse la agricultura con un desconocimiento de lo que es la
geografía isleña.
En tanto que Pinero, comandante de las
fuerzas que se envían en la fragata Sarandí las instrucciones comprenden 10
artículos:
Art. 1º - El Comandante de la Goleta de
Guerra Sarandí se dará a la vela inmediatamente con el Buque de su mando en
dirección al puerto de Soledad en las Islas Malvinas.
Art. 2º - En el acto de dar fondo
desembarcará al Comandante nombrado pª aquel Establecimiento, igualmente que la
guarnición y familias, destinadas a él.
Art. 3ºº - Luego que esté desembarcado el
Comandante y su guarnición reunirá el Comandante de la Sarandí los oficiales
del buque de su mando y le dará posesión del Establecimiento, comprendiendo la
Isla de Soledad y las demás adyacentes hasta el Cabo de Hornos, enarbolando a
bordo y en tierra el Pabellón de la República y haciendo una salva de veintiún
cañonazos. De esta posesión y del pormenor de las formalidades con que haya
sido dada, formará el Teniente Coronel Don José maría Pinedo un acta por
triplicado, y los tres tantos originales los pasará sucesivamente al Gobierno
por el Ministerio de Guerra.
Art. 4º - Después de estar cumplida esta
formalidad se pondrá de acuerdo con el expresado Comandante para facilitarle
los auxilios que necesite para hacer respetar su destino y la Comisión de que
va encargado suministrándole los víveres necesarios para el mantenimiento de su
Guarnición de los que lleva para seis meses en concepto / a ciento diez
hombres.
Art. 5º - El Comandante de la Goleta Sarandí
queda en absoluta dependencia del Comandante de las Islas Malvinas.
Art. 6º - Durante la importante comisión de
que va encargado el Comandante de la goleta Sarandí, hará guardar el mayor
orden, subordinación y disciplina en el Buque de su mando, autorizándole a
todas las medidas que considere necesarias para hacer respetar el honor y
crédito de la Provincia, de las que dará cuenta al regreso de su comisión, en
cuyo momento presentará al Comandante de Matrículas su diario de navegación par
que éste lo eleve al Ministerio que corresponda para su conocimiento y efectos
consiguientes.
Art. 7º - En caso de ser atacada la Isla
facilitará al Comandante los auxilios que necesite poniéndose de acuerdo
previamente con él.
Art. 8º - El Comandante de la Goleta Sarandí
correrá la Costa N. E. . S. O., desde la Isla Soledad hasta la Isla Nueva, es
decir ciento cincuenta millas, observando en toda ella los Buques extranjeros
que se hallasen a la pesca a los que hará las intimaciones que le prevenga el
Comandante de la Isla según las instrucciones que tiene.
Art. 9º - El Comandante de la Goleta Sarandí
guardará la mayor circunspección con los Buques de guerra extranjeros, no los
insultará jamás; mas en el caso de ser atropellado violentamente y que se le
hiciere fuego, llenará en toda su extensión el art. 41 del Código Naval, que previene que todo Comandante de bajel de
guerra suelto, deberá defenderlo de cualquiera Superioridad de que fuere
atacado con el mayor valor. Y siendo una de las ocasiones de guardarlo, nunca
se rendirá a fuerzas superiores sin cubrirse de gloria en su gallarda
resistencia; por la que los enemigos no puedan aprovechar el casco se hará
digno de una distinguida recompensa, como todos aquellos Súbditos que se
guardaren de su bizarría; lo mismo sucederá con en el Buque, cuyo Comandante
siguiendo los impulsos de su intrepidez se resolviese atacar e no escusar
fuerzas decisivamente superiores y las venciere y cuando combatiendo con ellas
varase sobre la costa y por evitarlo estará obligado también a defender su
bajen con el mayor valor y a quemarlo, si no pudiese evitar de otro modo que el
enemigo lo aprese.
Art. 10º - El Comandante de la Sarandí no
podrá retirarse de las Islas Malvinas mientras no lo fuese dada orden
competente para efectuarlo.
Documento tomado del libro de Ricardo
R. Caillet- Bois, Una tierra argentina. Las islas Malvinas.
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