Lectura de LA PRENSA.7: Necesidad urgente de un nuevo local para presos.

1900. Marzo 23.

Constituye una seria cuestión social, que debiera ser objeto de preferente atención por parte del Ministerio de Justicia, el hecho de no existir en la República sino una sola cárcel nacional a donde son conducidos los delincuentes de casi todo el país.
Cuando se ordenó la construcción de nuestro primer establecimiento penitenciario, se proyectó con capacidad exclusiva en relación a la capacidad de la Provincia de Buenos Aires de aquella fecha, pero nacionalizada hoy resulta pequeña, a causa del gran aumento de la población,, y el desarrollo de la criminalidad, correlativo con el número de habitantes.
Actualmente la dirección del establecimiento se ve precisada a rechazar los encausados que la policía le remite, por falta absoluta de local.

Estos resultados de esta situación, son verdaderamente desastrosos. En los calabozos de la policía faltos de toda condición higiénica como hemos demostrado en varias ocasiones, se van hacinando los presos, y las que debieran ser locales de reclusión, se convierten en verdaderos lugres de suplicio.
Solamente cada dos o tres días la casa central de policía experimenta un pequeño desahogo, por que la dirección de la cárcel avisa al alcalde de policía que puede enviar 80 o 40 presos, según sea el número de los que por haber terminado su condena o haber sido absueltos, han salido de ella.
Por muchas razones, entre otras el estado de la higiene pública, hoy tan comprometida, debe habilitarse un local adecuado para suplir estas deficiencias.
En él podrían quedar recluidos los procesados mientras se tramitan sus causas, y en los pabellones que estos dejarían libres en la cárcel nacional, ingresarían solamente los reos de delitos que hubieran sido ya condenados.
Algo práctico habría que hacer en el sentido que dejamos expuesto, y con toda urgencia; pues de otro modo, se corre peligro de provocar males mayores, que luego sería difícil, si no imposible, conjurar con medidas improvisadas y de última hora.

Observaciones del Mensajero:

El 26 de Diciembre de 1895 la ley 3335 había dispuesto que los reincidentes cumplieran su condena en los Territorios Nacionalesm y en razón de ellos Ushuaia fue drenando el problema carcelario porteño.

Coexistírían dos presidios en la capital fueguina: el civil y el militar.

Y recién para el 15 de septiembre de 1902 asistiríamos con la presencia del nuevo director –Catello Muratgia- a la colocación de la piedra fundamental del presidio que hoy conserva su silueta como identificatoria de todo un tiempo de la Tierra del Fuego.

Mientras tanto la instalación era precaria y subsistía aquello que por las condiciones geográficas toda la isla era un presidio del cual resultaba difícil escapar.

Para este tiempo en que leemos La Prensa, hay una idea formada en el gobernador Carrié que la insalubridad de la bahía de Ushuaia invita a su despoblamiento. Para el día 10 de Abril de 1900 manifestará que es una propuesta saludable el traslado de la cárcel a Lapataia, en tanto que la capital debería ser llevada a Almirante Brown, puerto de cuyas bondades algo dijo La Prensa, en transcripciones anteriores.

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