El preámbulo constitucional fueguino

En varios espacios de Internet donde se transcribe nuestra constitución se omite su preámbulo, esto ha dado motivos para que incluso se piense que la misma no lo tiene.

Tal es así que Alberto Buela en su trabajo “Función política de los preámbulos provinciales” consigna que “De las 24 constituciones provinciales, tres carecen de preámbulo: Chubut, Entre Ríos y Tierra del Fuego”-

Al decir de Alberdi “el preámbulo revela las miras del legislador y las necesidades que se ha propuesto satisfacer”, es decir destaca el aspecto ideológico de los hacedores de la misma.

Recuerdo aquella tarde en que en la Imprenta Don Bosco se recibió el disket que contenía toda la Constitución, como mi primo Piky se sentó en la PC para diagramarla y a las horas ya salía un primer ejemplar impreso y encuadernado.

El que había encargado tan rápido trámite era el Convencional Nestor Nogar, ligado con amistad de años con el dueño de la imprenta, mi otro primo Toti Vásquez; el puso en mis manos aquel primer ejemplar que harían firmar por Nogar en cuanto se le entregaran las primeras copias y yo me puse a leerlo.

La existencia de un Preámbulo me hizo suponer que en el futuro se lo enseñarían a los estudiantes fueguinos, a tal punto que se repetiría de memoria, como se hacía con el de la Constitución Nacional. Pero el tema no prosperó en ese sentido.

Por eso hoy, para remediar lo olvidado lo dejamos a consideración de nuestros lectores:

“El Pueblo de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a través de sus representantes reunidos en Convención Constituyente, declarándose como parte de la Patagonia, y con el objeto de ratificar su indiscutible integración a la Nación Argentina; exaltar la dignidad humana protegiendo los derechos individuales y sociales; garantizar la libertad; la igualdad, la justicia y la seguridad consolidando un Estado de Derecho bajo el imperio de la ley; asegurar a todos los habitantes el acceso a la educación, al desarrollo cultural y los medios para la preservación de la salud; proteger el medio ambiente; reivindicar el dominio de los recursos naturales y promover el desarrollo económico para el logro del bienestar general, organiza su gobierno subordinado a los principios de racionalización, descentralización y subsidiariedad, bajo el régimen democrático y federal y la forma republicana y representativa, afianzando la autonomía municipal e invocando la protección de Dios, sanciona y promulga esta Constitución para sí, para su posteridad y para todos los hombres de buena voluntad que quieran habitar el suelo de la Provincia”.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Que hermoso recuerdo y cuanto orgullo sentí al imprimir nuestra primera Constitución Provincial.
Piki