En el número ocho del perIódico EL RIO, publicamos hace una década un artículo de idéntico contenido titulado CUARENTA AÑOS DE DEMOCRATIZACION MUNICIPAL.
Cambiando una palabra, y en razón de las recientes celebraciones, creímos conveniente darlo leer a Uds. visitantes del blog.
UNO POR UNO
El nacimiento del primer Concejo
Deliberante tuvo un parto complicado.
Aquel 12 de octubre de 1963 en que debían asumir no estaba presente uno de los
concejales: Ángel San Juan. Lo que todos sabían no figura en actas –se
encontraba involucrado en una investigación aduanera por su forma de importar
automóviles-, pero al tiempo vendrían
otras dificultades: Ruperto Bilbao, electo por la Unión Cívica Radical del Pueblo
manifestó no haber recibido su diploma, y por ello viajo a reclamarlo a al
Capital Federal, ya no regresaría al Concejo pero sí a la Tierra del Fuego como
Gobernador designado por el Presidente Arturo Illia. Al poco tiempo llevaría al
segundo concejal por su partido –Carlos Herrera- para cubrir el cargo de jefe
de la Policía Territorial.
Como la Justicia Federal no resolvía el tema
San Juan, y la Justicia Electoral no
diligencio los reemplazos de los Concejales renunciantes, el primer cuerpo
deliberativo entró a tener dos miembros: Dominga Stanic, y Héctor Mora, siendo
para el caso este último el presidente del cuerpo recibiendo en el acto dos
votos (se votó a si mismo) puesto que Herrera lo había hecho por Bilbao. Con el
tiempo se designará al Sr. Arteche como secretario del cuerpo, y se tratará el
reglamento del cuerpo, el pase a disponibilidad del personal municipal, y un
reajuste del presupuesto.
Pero al fallecer el Intendente José Finocchio
se planteó el tema de la sucesión, que correspondería a Héctor Mora; aunque
dada la composición del cuerpo –solo dos miembros- el gobierno provincial –a
cargo del ex concejal Bilbao- consideró al cuerpo inexistente y se procedió a
intervenir el Municipio.
La figura del trámite fue la de José Cabezas.
UNO POR DOS
Las elecciones que habían posibilitado en Río
Grande la elección de sus primeras autoridades nacidas del voto popular se
habían dado el 7 de julio de 1963.
Imperaba el Decreto Ley 2191 de 1957 y por él
las Municipalidades podían constituirse con un Intendente y cinco concejales.
Pero la forma en la cual se confeccionaron las listas incluyeron a la figura
candidateada como Intendente como Primer Concejal, y al cuerpo como organismo
que definía en primera instancia la proclamación del jefe comunal. Fue por ello
que los concejales con sus diplomas se reunieron el 12 de octubre de 1963 a la
hora 12,30 siendo presididos en esa primera sesión por el Edil de mayor edad:
José Finocchio, pasando a jurar todos por Dios, la Patria y los Santos
Evangelios.
El acta inaugural da cuenta del término de la
sesión a la hora 12.40. El trámite de poner en funciones al primer gobierno
democrático de Río Grande había durado tan solo diez minutos.
Se invitó a los presentes a rubricar el acta
correspondiente registrándose 31 firmas: cuatro de los concejales, y entre las
restantes algunas que pudimos identificar como pertenecientes al gobernador
Campos, el Padre Prieto Fernández, el Ingeniero Lisardo Canga –Comisionado
Municipal saliente- .Antonio Dobronic. Lilian Roberts de Finocchio, Juan Carlos
Mendiola, Mutio, Ponce, Raúl Yáñez, Bernarda Santibañez de Álvarez, Ruiz,
Rivarola, entre las más legibles dado
que ninguno de los concurrentes hizo las aclaraciones bajo sus rúbricas.
La labor del primer HCD quedará documentada en
cuatro actas más:
Acta Número 2. Dada en sesión del 14 de
octubre de 1963. Sesión que se inicia a las 19.25 hs. Donde el Presidente Mora propone a Herrera
como Secretario transitorio del Cuerpo tratando en el orden del día la Elección
del Secretario (la que se haría por concurso a cubrir funciones entre las 13 y
las 20 hs.). Un segundo tema es el relacionado con el Reglamento, mocionando el
concejal Herrera para que se pida el que usan en Río Gallegos, agregándose la
necesidad que se presenten por bloque los proyectos de reglamentos antes del 27
del mismo mes. Se da lectura al mismo tiempo a una comunicación del Intendente
en la que informa que se ha puesto al
personal municipal en comisión.
Acta Número 3. Con sesión del 26 de octubre a
la hora 19.55, en un trámite que durará treinta minutos se impone como
secretario Arteche que suma los votos de los ediles de la Unión Cívica Radial
del Pueblo, por sobre la candidata de la UCRP Sra de Bacou. En la sesión se
reciben los proyectos de reglamento.
Acta Número 4. Los tres concejales de reúnen
en el despacho del Intendente el 21 de noviembre a la hora 19.30. Se toma
conocimiento de la no concurrencia de Bilbao por no tener el diploma. Al
desarrollarse la discusión sobre el Reglamento Interno se decide solicitar seis
ejemplares del que su utiliza en la Municipalidad de Buenos Aires. Se aprueba
el horario de sesiones: los jueves a las 19, en tanto que se solicita al
Ejecutivo Municipal un anticipo de $ 10.000 m/n para la compra de útiles de
oficina.
Acta Número 5. De la sesión del 5 de diciembre
donde se aprueba Reajuste de Presupuesto 62/63. La concejal Stanic insistirá
con dar carácter urgente al pedido de reglamentos a Buenos Aires, y el concejal
Herrera reclamará al Intendente el envío del presupuesto 1963.
No existe otro registro el actas sobre el
accionar del cuerpo en el tiempo restante de su desempeño.
UNO POR TRES
Francisco Mora subrogó a José Finocchio en sus
funciones durante el período previo a su muerte, en constancias provisionales
se encuentra en funciones el 16 de abril de 1964 cuando el primer mandatario
municipal habría viajado a Buenos Aires donde se habría atendido por algunos
problemas de salud. Pero el desenlace fue a partir del 20 de junio. Aquí Día de
la Bandera el jefe comunal participó de los actos conmemorativos, y el día frío
precipitó una descompensación cardiaca que se agravó al regreso a su hogar. La
muerte le llevó por Sincope cardiaco e insuficiencia coronaria el 25 a la hora
17.30. La noticia corrió de boca en boca en el pequeño pueblo de entonces. Los
funerales fueron al día siguiente y la familia fue acompañada por el dolor
colectivo. Lilian Roberts, su esposa dejó enrollada a la cruz del féretro una
medallita, que muchos años después –el 8 de octubre de 1983- sirvió para que se
identificaba el féretro ante un traslado de boveda.
Pero mientras esto ocurría, la muerte del
primer Intendente de Río Grande desencadenaba otros avatares administrativos..
Es cuando el
25 de junio del Gobernador Bilbao da la firma al Decreto Territorial
N° 105 por el cual vista “la acefalía de
la Municipalidad de Río Grande por el fallecimiento de su Intendente y la
inexistencia del Concejo Municipal” se decide la designación de José Cabezas
como Comisionado Municipal en un todo de acuerdo con Artículo 77 del Decreto
Ley 2191/57.
¿A que hora se habrá firmado el decreto?
Sin tener la respuesta apropiada avanzamos
sobre lo administrativo de aquella hora.
Estas diligencias serán recién implementadas
el 29 de junio a la hora 18 cuando se constituyan en el despacho municipal el Gobernador Bilbao, el Secretario de
Gobierno Dr. Osvaldo A. Witthauss, y el interventor Cabezas los que serán
recibidos por el Secretario General de la Comuna, Sr. Mendiola. El acta correspondiente va acompañada de una
serie firmas de los testigos del hecho estando solo una identificada
expresamente: la de Julio Morales por el periódico El Austral.
Pero aquí no termina el conflicto puesto que a
la hora 19 del 10 de julio José Cabezas tras ser notificado por el
Sub-Comisario de Policía Marcos García
de que por disposición del Juez Federal debe entregar el cargo al Sr.
Francisco Mora, procede a entregar el mismo al Secretario Mendiola.
Al día siguiente, un 11 de julio que no se
festejaba como día de Río Grande, se cumplimenta un nuevo acto administrativo
con la concurrencia al Despacho Municipal de Don Guillermo Mazzella,
Sub-Secretario de Gobierno, Educación y Salud Pública, de José Cabezas y del
Inspector Anibal Allen titular de la zona norte de la Policía Territorial. Allí
se afectivizará la intervención a la comuna –en la persona de Cabezas-
aludiendo, más allá del amparo concedido por el Juez Federal Jorge Aguilar ante
el recurso de amparo demandado por Francisco Mora, a que el concejo quedaba
reducido a un solo miembro (Dominga Stanic)
Pero para las 16.30 horas del 13 de julio
habrá una virtual nueva asunción de Mora, documentada en acta continua a la
acción de intervención precedente en la que el Intendente Interino se acompaña
con el Secretario Mendiola, dada una acción de no innovar promovida por la
Justicia desde Ushuaia con fecha 11 de julio.
Pero esto no termina aquí puesto que a las
12.30 hs. del 15 de julio habiendo el Juez Aguilar revocado la medida de no
innovar vuelve a entrar en funciones José Cabezas.
Las democratización ya en aquel momento
inicial mostraba sus aristas más sombrías.
UNO POR CUATRO
Examinamos un escrito remitido a la justicia
por el gobernador Bilbao contestando Acción de Amparo, donde se niegan los
argumentos de Mora y se afirma que en momento alguno el gobierno ha desacatado
lo resuelto por el juez el 10 de julio. Anuncia que las decisiones van de la
mano de un orden subvertido puesto que “las municipalidades par funcionar
conforme a los principios constitucionales que rigen en la materia, deben
contar, necesariamente, con un titular del departamento ejecutivo y un concejo
con quorum propio, para poder desempeñarse válidamente”. Por esto le fue luego
negado el acceso a Mora en la tarde del 10 de julio.
Con respecto a la orden de no innovar dirá
Bilbao que se dio despacho telegráfico al Subsecretario de Gobierno
“instruyéndole que toda orden que emane del Juez Federal deberá ser cumplida”
Bilbao dirá que la puesta en funciones de Cabezas se debió a que no había sido
aun notificado de la decisión judicial, agregando luego que el acatamiento no
significa consentimiento, “por cuanto importa un principio de invasión de
jurisdicción que le está vedado al Poder Judicial de acuerdo a reiterada
jurisprudencia”., por lo que se pide la revocatoria de lo dispuesto.
Así vendrá con fecha 14 de julio la resolución
de Juez Aguilar que con Juan Alberto Garoby como secretario revocará la medida
de no innovar con fecha 14 de julio de 1963 “no haciendo lugar al recurso de
amparo interpuesto por quien fuera hasta hoy Presidente del Concejo Deliberante
de la Municipalidad de Río Grande en ejercicio del Departamento Ejecutivo”.
En sus considerandos Aguilar contestará al
tema invasión de esferas: “Me permito disentir con tal expresión. En efecto: la
Constitución Nacional, cuyo olvido o desconocimiento, ha acarreado tantos males
al país en el orden nacional, ha organizado los tres poderes que gobiernan la
Nación, en forma tal que sus esferas siempre se tocan; en algunos casos
penetran algunas dentro de la otra como por ejemplo cuando el Vicepresidente de
la Nación ejerce el cargo de Presidente del Senado; cuando el Presidente de la
Nación designa los jueces, cuando el Senado presta el acuerdo constitucional
para estos; cuando la justicia declara inconstitucional alguna ley o algún
decreto; etc. etc. Esta penetración, no implica en algún modo invasión.
Simplemente está prevista por la ley y lo que ella prevee no puede ser ilegal,
o sea que el Poder Judicial, en este caso simplemente ha trascendido con su
esfera, sobre o dentro del Gobierno Territorial, pero, insisto, ello no implica
invasión, mucho menos, cuando, como en el presente caso, se ha tratado
exclusivamente de una medida precautoria de corto plazo destinada al
aquietamiento de las circunstancias políticas que, aunque no me corresponde
juzgar, no por ello dejan de impresionar mis sentidos. Quiero decir que las
veo, las palpo, están aquí”.
Aguilar analizará la problemática en la que
estaba inmersa la Municipalidad de Río Grande, acefalía de cuerpo ejecutivo y
falta de quoroum en el deliberativo, diciendo que: “Este Juzgado que por medio del suscripto, de la señora
Fiscal y de los señores jueces de paz del Territorio actuaron en la pasada
contienda electoral como Junta Electoral para las elecciones municipales, trató,
con incansable afán, de solucionar el problema que era previsible derivaría en
la presente cuestión. El Gobierno del Territorio auspició también una solución,
que habría consistido en reemplazar a los renunciantes o ausentes por quienes
les seguían en el orden de lista. Pero tanto el auspicio del Gobierno como el
afán del Tribunal Electoral fracasaron ante la mediocre calidad de la ley
dictada para el caso. En ella no se contemplaron reemplazantes que solucionaran
de por si la cuestión ocurrida. Y no por sabido es menos cierto que los jueces,
en nuestro país, no crean las Leyes ni las susplantan. Simplemente las
interpretan y sancionan a quien no las cumple”
UNO POR CINCO
.Por los años cincuenta la vida política se
instaló en nuestro medio, y lo hizo a partir de la Constitución de 1949 que posibilitó
la elección de representantes –con voz pero sin voto- a la Cámara de Diputados.
Allí la puja partidaria colocó de un lado a los peronistas y del otro a los
radicales. El voto local fue oficialista.
La primera elección riograndense se dio en el
marco de las proscripción general Juan Domingo Perón y sus seguidores, y en
medio de la puja de un radicalismo escindido en dos. El voto de Río Grande
diferirá de la voluntad mayoritaria del país, de allí que la UCRP impuso un
gobernador fueguino y civil pero de un signo contrario al que se había votado
mayoritariamente. ¿Será esa puja parte de lo que ve y palma el juez Aguilar?
Cuando ya los actores de aquellos primeros
pasos democráticos han desaparecidos cuesta imaginar el impacto de tamaños
disensos entre vecinos, entre familias, que hasta entonces y también en aquel
momento vivían la proximidad de lo cotidiano, ante lo cual las cosas del poder
venían a pintar a unos y otros de colores posiblemente irreconciliables.
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