Lecturas de LA PRENSA.22: ACTUALIDAD. PETICION ATENDIBLE DE LOS ARRENDATARIOS DE LOS TERRITORIOS DEL SUR.

1900. Julio 18.

Un grupo numeroso de arrendatarios de tierras fiscales en los territorios de Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, han dirigido a la Cámara de Diputados una exposición en que solicitan que al dictarse la nueva ley de tierras se tengan en cuenta los intereses que representan los solicitantes, a fin de no verse degradados en sus legítimas esperanzas después de tantos años de labor, de esfuerzos perseverantes, que aún de riesgos soportados, para contribuir a la obra civilizadora de poblar el suelo de la república y fecundarlo por la acción del trabajo.
Alegan los firmantes que más que el lucro inmediato de una explotación ganadera que no ha sido posible ni aún en el grado necesario para compensar sus sacrificios, les ha alentado y sostenido las esperanzas de adquirir la propiedad de la tierra que ocupan. A lo cual agregan que si los soldados que realizaron la conquista material del desierto merecieron y obtuvieron el derecho a comprar la que tienen arrendada en mérito de haber contribuido también a la conquista pacífica de esas regiones hace poco desie3rtas.
Temen los arrendatarios que no se vean cumplidos sus justos anhelos si tiene que luchar con los grandes sindicatos y con los poderosos del capital y la venta de tierras se efectúan en remate, y en previsión de este peligro, piden que se les permita adquirir en propiedad la tierra que ocupan sirviendo de índice de valor de los campos el precio anual del arrendamiento, elevado al decuplo por ejemplo o más o menos, según los plazos que se concedan ara el pago.
Encerraría esta solicitud un jundo indudablemente de justicia, y en este concepto será de desear que el Congreso les tome en cuenta al emprender la reforma de la legislación agraria.

Observaciones del Mensajero:

Parece excluída de esta problemática el territorio de Neuquén, y podríamos agregar que los arrendamientos rurales eran escasos en Tierra del Fuego.
Precisamente aquí habían sido ensayados los sistemas de distribución de las Tierras Públicas por remante, el primero el 6 de noviembre de 1897 con 115.000 hectáreas bajo el régimen de la ley 1265; y y un segundo el 28 de diciembre de 1899 donde se alcanzó un total de 182.500 hectáreas.
Todo esto generaría con el tiempo una concentración de la tierra fueguina en unas pocas firmas.
Los únicos premios militares serían los de Eduardo O’Connor Crespín (foto) y Martín Guerrico que no tardarían en enajenar sus concesiones.

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